Argentina: Economistas contra el RIGI, el nuevo Potosí

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Colectivo Economía Política para la Argentina

El proyecto de Ley Bases en tratamiento por el Senado incluye el RIGI (Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones de más de USD 200 millones), dirigido a los sectores Minería, Gas y Petróleo, Energía, Agroindustria, Infraestructura, Forestal y Tecnología. Traducido, son exuberantes beneficios fiscales para Vaca Muerta y el litio, más todo lo que pueda aparecer.

El listado largo es para enmascarar y embellecer. Nuestro continente tuvo su primera experiencia nefasta en minería con la explotación de la plata en Potosí, actual Bolivia. Comenzada en 1545, por 150 años los conquistadores llevaron a España tanto metal blanco que se decía que se podría haber hecho un “puente de plata” desde el Cerro Rico de Potosí hasta Europa. En sus socavones quedaron las decenas de miles de trabajadores muertos por la codicia conquistadora y un pueblo pobre, esquilmado y sin ese recurso. Ese es el mismo modelo que inspira el proyecto que hoy se discute en el Senado.RIGI: ¿un instrumento para el saqueo o para salir del subdesarrollo?

El RIGI permite la creación de Vehículos de Proyecto Único (VPU) —único por privilegiado— sin estar sujetos a derechos aduaneros o de liquidación de divisas como las demás empresas que operan en nuestro país. Este régimen de excepción se garantiza por 30 años y en caso de disputas con el Estado se resolvería primero por un acuerdo transaccional en el país.

Si este falla, los VPU tendrían potestad de litigar en el exterior, hasta desembocar en el CIADI. Nuestro país cedería así la jurisdicción y la soberanía nacional. Estos puntos no podrían cambiarse, incluso si Argentina entrara en guerra. En contraste, las obligaciones asumidas por los inversores en el proyecto pueden ser incumplidas “por causa fortuita o fuerza mayor”.

Los “Vehículos de Proyecto Único” son un bonito nombre que esconde una estafa. Permite a actividades actuales transformarse en estructuras jurídicas dignas de una guarida fiscal en proyectos que no deberán probar la falta de estabilidad fiscal. En cambio, estará a cargo de la AFIP justificar y probar, en cada caso, que no se
ha producido un incremento de la carga tributaria como condición previa para aplicar un tributo o una mayor alícuota.

Las distintas VPU serán sólo registraciones contables que, además, podrán constituirse en lengua y moneda extranjera como las sociedades de los Panamá Papers. Se permitirá asimismo que las empresas existentes pasen sus operaciones al nuevo régimen de privilegio en actividades en donde ya tienen ganancias extraordinarias con el actual esquema impositivo. Así, los impuestos a las ganancias se bajarían al 25 %, el IVA se pagaría con certificados de crédito fiscal y se eliminaría el impuesto a la distribución de dividendos entre los accionistas.

Además, se eximirá a las VPUs de impuestos a nivel provincial y municipal. En definitiva, el RIGI es una gran elusión impositiva garantizada por un régimen de guarida fiscal. No hay ejemplo más descarado del atropello a la soberanía nacional que su mera enunciación.

Los beneficios impositivos del RIGI son excesivos. Las principales actividades que se esconden detrás de los títulos son Vaca Muerta y el litio, que han crecido aceleradamente en los últimos años, bajo los gobiernos del FpV, Cambiemos y FdT, porque tienen condiciones de abundancia de reservas tales que sus beneficios son ya de por sí extraordinarios. Darle beneficios adicionales en vez de gravar a esas rentas extraordinarias es todo lo contrario al interés nacional. Sería la legalización de un despojo monumental.

Por otro lado, el RIGI exime del arancel actual a las importaciones de equipos, sus partes y componentes (nuevos o usados) de la tasa de estadística y comprobación de destino, y de todo régimen de percepción,recaudación, anticipo o retención de tributos nacionales y/o locales. Esto es absolutamente inconstitucional.

Con el RIGI tampoco hay posibilidad alguna de progresar para las empresas nacionales, ni siquiera produciendo partes o repuestos de esos equipos. Las exportaciones se encontrarán exentas de derechos (actualmente el 8% en hidrocarburos, oro y plata; y el resto de los minerales 4,5 %, incluyendo al litio) luego de transcurridos 3 años contados desde la fecha de adhesión. A su vez, se habilitará la importación y exportación libre de cualquier bien relacionado con el RIGI, sin importar las condiciones del mercado interno.

El RIGI propicia además que los cobros de exportaciones serán de libre disposición y quedarán exceptuados de liquidación en el mercado de cambios el 20% luego del primer año, 40% del segundo y 100% tras el tercero. Las divisas provenientes de financiamientos locales o externos serán de libre disponibilidad en el exterior o en el país.

En conclusión, el RIGI es una típica manifestación del proceso de acumulación capitalista actual a escala internacional, que relega toda participación e intervención local en los emergentes proyectos productivos basados en el neo-extractivismo. Consagra y promueve el predominio del gran capital en un modelo de desarrollo concentrado y excluyente, mientras deja afuera toda iniciativa de respaldo a los sectores productivos locales de pequeña y mediana dimensión, que no participarán de las enormes inversiones previstas en el
proyecto de ley. No hay una sola cláusula que prevea la presencia de productores nacionales en las iniciativas, ni que garantice roles activos a los sectores productivos locales y a los trabajadores a contratar.

Minería y energía, fuentes de divisas excuyentes en el modelo de MileiArgentina, a caballo del endeudamiento heredado del gobierno de Macri, debe rehacer sus reservas internacionales de divisas. Por lo tanto, no se puede permitir el desvarío de renunciar al aprovechamiento sus recursos naturales hidrocarburíferos y mineros, patrimonio del pueblo argentino para ser utilizado racionalmente para defender el interés nacional y mejorar el nivel de vida de toda la población. No utilizar esos recursos naturales no es opción. Lo que sí hay son buenas o malas opciones de cómo explotarlos:

1) el Estado nacional regula la forma en que las empresas (sean estatales o privadas, nacionales o extranjeras) explotan esos recursos para así tomar de parte de las rentas extraordinarias que se generan en la forma de impuestos, derechos, cánones, retenciones y otros instrumentos vigentes, y utiliza esos ingresos para una acumulación de divisas e ingresos internos que potencien la capacidad productiva en beneficio nacional;

2) o, la alternativa, es que esos recursos extraordinarios sean aprovechados por los “cuatro vivos” que escribieron ese manual de la dependencia que es la Ley Bases, que incluye al RIGI.

La moneda está en el aire. Depende de la participación política del pueblo argentino que caiga del lado de la reversión de este proceso de retroceso y pérdida de soberanía a que nos está sometiendo el gobierno de Milei.